A partir de las 00:00 y hasta el mediodía del lunes 25, entra en rigor la "ley seca", la cual está contemplada en el artículo 351° de la Ley Orgánica de Elecciones, que establece que por 48 horas antes del día de la votación, hasta el mediodía del día siguiente.
Además, se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y se cierran los establecimientos dedicados a este rubro.
Asimismo, hasta el jueves 21 se efecuaron los cierres de campaña electoral, puesto que el artículo 190° de la misma ley indica que dos días antes del sufragio se prohíbe realizar reuniones o manifestaciones de carácter político.
De infringir la ley, se impone una sanción con pena privativa de la libertad no mayor de seis meses y una multa no menor del 10% del ingreso mínimo vital, multiplicado por 30 días multa, más pena accesoria de inhabilitación, por igual tiempo que la condena
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